Este fin de semana se filtró por medios de comunicación a nivel regional, sobre la suspensión de un mes del cargo a Diana Victoria Muñoz gerente del Hospital Departamental San Antonio de Pitalito y a la sub directora Diana Marcela Conde Martín por supuesta negación al momento de entregar una información solicitada por el señor Jairo Liévano Moreno, presidente del Sindicato Nacional de Salud y Seguridad Social – Sindeses, y actual funcionario del hospital Universitario Hernando Moncaleano de la ciudad de Neiva.
Según el fallo de la Procuraduría, las funcionarias fueron halladas responsables de una “falta culposa a título de culpa grave”, por no haber actuado “acorde a la normatividad y en observancia de los principios constitucionales de eficacia, celeridad y transparencia que deben regir a todo servidor público”, además expresa que “entregaron la respuesta al derecho de petición con dos meses de posterioridad”
Al respecto las implicadas en este caso fueron consultadas, y afirman puntualmente que efectivamente el presidente del sindicato hace cinco meses, solicitó un listado de contratos del Hospital San Antonio de Pitalito, a lo que inicialmente se le consultó de manera verbal con el Sindicato del centro asistencial, si existía alguna duda referente al que uno de sus compañeros estaba sugiriendo, sostuvo Diana Victoria Muñoz gerente de la entidad.
“Eso sí que quede claro, mandamos toda la información solicitada y en el tiempo requerido de acuerdo a la normatividad, lo que pasa es que se le ha dado un manejo diferente y se ha dicho que nosotras tenemos algo que esconder y obviamente no, porque eso está en la página web”, explicó la profesional de la salud, quien expresa que hasta el momento oficialmente no han sido notificadas sobre dicha sanción.
Juan Manuel Carrillo, asesor jurídico del Hospital Departamental San Antonio de Pitalito, explicó que la gran causal es porque se le solicitó a la persona interesada, que manifestara las razones por la cual estaba requiriendo dicha información según decreto 001 de 1984, teniendo en cuenta que el hospital maneja una información privilegiada que puede quedar en manos de la competencia: sin embargo esto hizo que el señor Liévano los demandara y a juicio de la Procuraduría dice que es dilación.
El profesional del derecho, explicó que la misma resolución es clara y que al momento de solicitar este tipo de información debe expresar claramente el objeto y la razón de la petición, lo que dejó ver que el interesado no lo hizo. “Nosotros apelamos esa decisión y esa decisión de segunda instancia que se fue para Bogotá, es la que desconocemos”, sostuvo Carrillo.
/Tomado Opanoticias