¿Cómo va el código de Policía en Pitalito?


En el 2018 se realizaron 1070 comparendos en el municipio de Pitalito con el Código Nacional de Policía Y Convivencia, y en lo que va corrido del 2019, se han efectuado 312







El código Nacional de Policía y Convivencia Ciudadana fue creado con la intención de promover la interacción pacifica de la población, mediante el respeto y la armonía de sus ciudadanos. Se emplea como una herramienta preventiva que permita conservar los derechos de los pobladores.

Solo en Pitalito en el año 2018 se realizaron 1070 comparendos por medio del código de policía, donde los comparendos más habituales del año fueron:

Efectuando 268 comparendos relacionados con comportamientos que ponen en peligro la vida de la comunidad e integridad de está, con el porte de armas de fuego, armas blancas, elementos cortopunzantes y sustancias sicoactivas o peligrosas en espacios públicos.
Desarrollando 209 comparendos afines con comportamientos que ponen en peligro la seguridad y bienes de la persona, así como la compra, alquiler y uso de celulares robados, reportados, extraviados o modificados en el número de identificación electrónica y física.
Realizando 136 comparendos por comportamientos contrarios al respeto e integridad de la población en espacios públicos como el consumo de bebidas alcohólicas, sustancias psicoactivas y prohibidas en espacios de concurrencia poblacional como estadios, coliseos, centros deportivos, parques y centros de salud
En lo corrido del presente año se han realizado 312 comparendos de usual concurrencia en el porte o manejo de armas en espacios públicos con 93 comparendos; consumir bebidas alcohólicas o sustancias psicoactivas en lugares públicos con 63 comparendos y el de portar sustancias prohibidas en espacios públicos con 50 comparendos.




Para tener en cuenta

El comparendo es la imposición de una suma de dinero que el ciudadano deberá pagar por comportamientos que afecten la buena convivencia y su valor varía según el acto cometido. Las multas se clasifican en generales y especiales:

Las generales: se dividen en 4 tipos de multa que dependen de la gravedad de la falta cometida:

Tipo 1: Qué indica incurrir en el delito de colarse en transporte público, obstruir las ciclorrutas, permitir que animales o mascotas esparzan basura embolsada o en contenidos lista para su recolección, no recoger el excremento de la mascota. Con un costo de 4 salarios mínimos diarios legales vigentes (Smdlv).

Tipo 2: Qué relacionan faltas como Pelear, provocar o cometer actos violentos que puedan ocasionar lesiones físicas, arrojar sustancias u objetos peligrosos a personas, portar armas blancas o armas de fuego sin documentación o permiso, irrespetar a las autoridades de policía, tener caninos potencialmente peligrosos sin protección en espacios públicos. Lo que corresponde a una multa de 8 salarios mínimos diarios legales vigentes (Smdlv)

Tipo 3: Incurrir en comportamientos que afecten la tranquilidad y las relaciones respetuosas de las personas en espacios públicos como salas de velación, cementerios, clínicas, hospitales, bibliotecas, museos entre otros, agredir físicamente a algún ciudadano, sabotear redes o instalaciones de servicios públicos, perturbar la tranquilidad del vecindario con altos ruidos, fiestas y reuniones que excedan los horarios permitidos, consumir bebidas alcohólicas, drogas o sustancias prohibidas dentro de instituciones y centros educativos. Correspondiendo a 16 salarios minimos diarios legales vigentes (Smdly)

Tipo 4: Arrojar en causes de alcantarillado cualquier objeto, sustancia, residuo, escombros, lodo, combustibles o lubricantes, que alteren el normal funcionamiento de la tubería; la fabricación y distribución de artículos pirotécnicos sin permisos; tener, fabricar o proveer bebidas alcohólicas, drogas o sustancias prohibidas dentro de centros educativos; ejercer prostitución en lugares y horarios prohibidos. constituyendo 32 salarios mínimos diarios legales vigentes (Smdlv).

Las especiales: se dividen en tres infracciones tales como, la mala estructuración de eventos que aglomere la población colocando en peligro su seguridad e integridad por la falta de estrategias de las organizaciones; la modificación del suelo y construcción bajo cubierta incurriendo en la infracción urbanística; y la contaminación visual.

Comportamientos de los organizadores: en actividades que involucran aglomeraciones de público complejas, estas multas tienen un costo:

De 100 a 150 salarios mínimos legales mensuales vigentes (smlmv) cuando incluye 300 personas.
De 151 y 250 smlmv cuando agrupan entre 301 a 600 personas.
De 251 y 350 smlmv cuando se congregan 601 a 5.000 personas.
De 500 y 800 smlmv cuando la aglomeración de personas es superior a 5.000 personas.
La Infracción urbanística: corresponde a la multa por metro cuadrado de construcción bajo cubierta, de área de suelo afectado o urbanizado o de intervención sobre el suelo, según la gravedad del comportamiento, de la conformidad con el estrato en que se encuentre ubicado el inmueble, así:

Estratos 1 y 2: de cinco (5) a doce (12) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Estratos 3 y 4: de ocho (8) a veinte (20) salarios mínimos legales mensuales vigentes;
Estratos 5 y 6: de quince (15) a veinticinco (25) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Contaminación visual: Multa por un valor de uno y medio (1.1/2) a cuarenta (40) salarios mínimos legales mensuales vigentes, atendiendo a la gravedad de la falta y al número de metros cuadrados ocupados indebidamente.

Para el pago de las multas efectuadas, se deberá hacer la consignación a la cuenta correspondiente de las administraciones distritales y municipales, fondos que son destinados a proyectos pedagógicos y de cautela en materia de seguridad. Es deber de toda persona natural o jurídica, sin perjuicio de su condición económica y social pagar las multas, salvo que cumpla la medida a través de la participación en programa comunitario o actividad pedagógica de convivencia, de ser aplicable. A la persona que pague la multa durante los cinco (5) días hábiles siguientes a la expedición del comparendo, se le disminuirá el valor de la multa en un cincuenta (50%) por ciento, lo cual constituye un descuento por pronto pago.

Aquí el nuevo código de policía: https://bit.ly/2WhSn9z

Tomado de https://www.suregion.com
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