A medida que avanzan las investigaciones sobre el trágico accidente aéreo ocurrido el pasado 10 de enero, en el que perdió la vida el reconocido cantautor Yeison Jiménez, han comenzado a surgir interrogantes técnicos y legales sobre la aeronave involucrada en el hecho.
El siniestro ocurrió tras el despegue en el aeródromo Juan José Rondón en Paipa, Boyacá e involucró a una avioneta Piper PA-31 Navajo de matrícula N325FA, en la que también viajaban el capitán Fernando Torres y cuatro colaboradores cercanos del artista.
La investigación sobre el accidente aéreo ha arrojado sus primeros hallazgos y ha generado nuevas dudas sobre la propiedad y la legalidad de la aeronave involucrada. Según los primeros informes, su operación en Colombia se realizaba bajo un esquema que limitaba la supervisión de las autoridades.
Una de las revelaciones difundidas por el diario El Tiempo indica que la avioneta no estaba bajo la vigilancia directa de la Aeronáutica Civil de Colombia (Aerocivil), debido a que su matrícula iniciaba con la letra N, lo que indica registro en los Estados Unidos, y no HK, como se exige para las aeronaves registradas oficialmente en Colombia.
Aunque la avioneta aparece ligada a la firma YJ Company, empresa creada por Jiménez para el manejo de sus espectáculos y que tiene un capital cercano a los 8 mil millones de pesos, El Tiempo estableció que la tenía a su servicio bajo la modalidad de leasing.
Según documentos citados por el medio, la aeronave está registrada ante autoridades estadounidenses a nombre de la firma TVPX Aircraft Solutions Inc., con oficina en Utah. La Administración Federal de Aviación (FAA, por sus siglas en inglés) confirmó que TVPX es dueña del avión desde mayo de 2022 con dominio hasta 2029.
Esta diferencia técnica tiene consecuencias legales. Una fuente de la Aerocivil explicó a El Tiempo: “En algunos casos se dejan aviones con matrícula November para que no estén sujetos al Reglamento Aeronáutico Colombiano (RAC). Al ser matrícula November, están bajo regulación de Estados Unidos bajo norma FAR 91 de la FAA, por eso, en la práctica, esa vigilancia de los inspectores de la Secretaría de Autoridad Aeronáutica de la Aerocivil no existe”.
¿Por qué la avioneta no podía ser matriculada en Colombia?
Otro factor que ha llamado la atención de los investigadores es la antigüedad de la aeronave. Esta tendría más de 40 años de fabricación, lo que la clasifica como parte de la categoría de aviones envejecidos. Esta condición explicaría por qué mantenía su registro en el exterior.
Un investigador consultado por El Tiempo señaló que las leyes colombianas son estrictas respecto a la edad de los aviones que quieren ingresar al registro nacional. El experto fue enfático: “Para particulares privados en Colombia, son de colección. De hecho, si hubieran intentado ponerle la matrícula HK no se hubiera permitido por tener más de 40 años de fabricación”.
Ante este panorama, se ha planteado la necesidad de revisar la normativa vigente. Sectores relacionados con la aviación están pidiendo al Grupo de Normas Aeronáuticas de la oficina de transporte aéreo que ajuste el Reglamento Aeronáutico de Colombia (RAC).
El objetivo de dicha propuesta sería aumentar los controles y exigencias para que aviones extranjeros no operen en el país sin una adecuada vigilancia técnica por parte de las autoridades locales.
Mientras tanto, se busca establecer cuál era el taller aeronáutico autorizado para prestar servicio a la avioneta, lo que permitirá evaluar su estado mecánico antes del accidente.
También se están identificando a dos pilotos que operaron la nave en el pasado, con el fin de reconstruir emergencias previas que podrían tener relación con el siniestro.
Una de esas emergencias ocurrió en mayo de 2024, cuando el artista estuvo a punto de estrellarse en Medellín. En otro episodio, hubo reportes de fallas relacionadas con el suministro de combustible.
Estas situaciones refuerzan la hipótesis de que no se trató de un hecho aislado, sino de una cadena de fallos que pudieron haberse evitado con una regulación más estricta.
¿Qué dicen las normas sobre aviones extranjeros en Colombia?
La normativa actual indica que las aeronaves extranjeras que permanecen más de 48 horas en territorio colombiano deben cumplir con ciertos requisitos mínimos, pero no están sujetas a una vigilancia regular.
Una fuente de Aerocivil consultada por El Tiempo señaló que: “A lo único que están obligados los dueños o explotadores de esas aeronaves extranjeras que operan en Colombia o que se quedan por más de 48 horas pernoctando en el país es que tengan un taller aeronáutico que les pueda prestar servicio de reparación y que les sea expedido un permiso RME por parte de la oficina de registro de la Aerocivil”.
Esto significa que, aunque estos aviones tienen algunas obligaciones, no están bajo el mismo control que las aeronaves con matrícula HK registradas en Colombia.
En este caso, la matrícula extranjera y la modalidad de leasing dejaron a la aeronave de Jiménez fuera del radar regulador habitual.
El vacío normativo ha generado preocupación y reabre el debate sobre los riesgos que implica permitir que aviones con décadas de uso operen sin vigilancia local.
Además, expertos en derecho aeronáutico han señalado que este tipo de esquemas son legales, pero requieren un mayor nivel de seguimiento técnico y de mantenimiento.
Por eso, el caso de Jiménez podría convertirse en un punto de inflexión para endurecer los protocolos de operación de aeronaves extranjeras en Colombia.
Mientras tanto, las autoridades siguen intentando esclarecer si hubo una falla humana o mecánica, pero el debate por la regulación aérea ya está sobre la mesa.




