Preocupación en el Huila, tras inhabilidad de Consultas Populares


El Tribunal Administrativo del Huila, ya había dado ‘luz verde’ a la realización de tres Consultas Populares y se están tramitando 11 más. Tras la determinación de la Corte Constitucional, se ejecutarían en el departamento proyectos minero energéticos a gran escala que involucran a 25 de los 37 municipios. También 11 propuestas de extracción de hidrocarburos por medio del Fracking.

Ambientalistas del Huila, también mostraron su rechazo a la decisión de la Sala Plena de la Corte Constitucional, de eliminar la posibilidad de que los municipios realicen Consultas Populares para decidir si quieren o no que en sus territorios se desarrollen actividades mineras o de hidrocarburos.


En el departamento ya fueron aprobadas por el Tribunal Administrativo del Huila, la realización de consultas en Íquira, Oporapa y La Argentina. El territorio se ha caracterizado en mayor medida por oponerse a la construcción de la represa El Quimbo, que finalmente no tuvo resultado; y otras más que se contemplan a futuro en el Plan Maestro de Aprovechamiento del Río Magdalena. Así como también el rechazo a la extracción de hidrocarburos por medio del Fracking, que aún no se da en el Huila; y la minería a gran escala.

En ese sentido, también hay 11 acuerdos municipales donde además ya están tramitando consultas populares. Han solicitado que en sus localidades no se lleven a cabo actividades minero – energéticas, que tras la decisión de la Corte Constitucional, no tendrían validez.

Uno de los ambientalistas más reconocidos en el Huila, por su labor en pro del medio ambiente, expresó que la Corte Constitucional institucionalizó “una dictadura constitucional minero – energética”, la calificó de “supremamente grave” y que amerita una intervención de carácter internacional.

Miller Armín Dussán Calderón, dijo que la Corte Constitucional se puso “al servicio de las grandes empresas trasnacionales, corporaciones minero – energéticas”, y el hecho “responde a las exigencias que viene haciendo el Estado Colombiano a través del Presidente Iván Duque, en que hay que incrementar todo el modelo minero – energético; argumentando que si en este país no se genera Fracking, no se intensifican estos proyectos, no vamos a tener de qué vivir, cómo resolver el déficit fiscal”.

Y que “están priorizando la libre economía sobre el ambiente sano. En el caso del Huila, se construirían 7 represas más (Rio Guarapas, Chillurco, Oporapa, Pericongo, Rio Manso, Veraguas y Bateas); daría vía libre a11 áreas para Fracking (al norte y centro del departamento); y 25 municipios para minería a gran escala” sostuvo Dussán.

De otro lado, también dijo que ya fue emitida una solicitud ante la Comisión de Derechos Americanos para que “intervenga y se impida que se consolide esta dictadura constitucional, porque eso va en contra no solo de los intereses de este país; sino que de implementarse estaría incumpliendo los acuerdos que Colombia ha firmado a nivel internacional, sobre todo para la reducción de los gases de efecto invernadero, y evitar lo que la Comisión de Expertos de la Organización de las Naciones Unidas – ONU, advierten sobre el cambio climático. Que es que de no tomarse decisiones en los próximos 12 años, que implique un cambio, estamos ad portas de la extinción de la vida del planeta”.

Cambio climático

La Comisión de Expertos del Grupo Intergumentamental sobre el Cambio Climático –IPCC, de la ONU piden a todos los sectores implicados que lleven a cabo "una transición rápida" y de una magnitud "sin precedentes" para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero.

Insisten en la energía, ya que el carbón, el gas y el petróleo son responsables de tres cuartas partes de las emisiones, y proponen varios escenarios que incluyen distintas acciones posibles.

Los datos fueron recientemente revelados mediante un informe donde científicos exponen los numerosos impactos climáticos que afronta el planeta, y que podrían aumentar si las temperaturas suben más de 1,5ºC respecto a los niveles preindustriales: olas de calor, extinción de especies, deshielo de los casquetes polares, etc. Y advierten que a partir del 2030 el cambio climático podría tener efectos irreversibles.

Fuente económica

Según cifras de la Agencia Nacional de Minas, la producción minera del Departamento de Huila proviene principalmente de los municipios de Neiva, Tesalia, Palermo, Íquira, Rivera y Tarqui. El oro y plata, de los municipios de Gigante, Tesalia, Agrado, Neiva, Rivera y Paicol. En materiales de construcción, de los municipios de Aipe y Tesalia en roca fosfórica. Y en calizas, Palermo, Santa María y Teruel.

Entre 2012 y el primer trimestre de 2017, la participación del departamento en la producción nacional fue sido de 38.8% en roca fosfórica, 4.3% en materiales de construcción (arenas, gravas y recebo), 1.17% plata, 0,26 % en oro y 0.58% en arcilla.

Y a nivel nacional, la inversión en minería supera los 2 mil 900 millones de dólares, lo que tiene un impacto sustancial en la inversión social, la competitividad en el sector productivo y al final, en la calidad de vida de los colombianos.

Muchos de los recursos provenientes de la minería son canalizados a través de las regalías, que son el segundo presupuesto más importante del país, después del general de la nación, permitiendo la financiación de cerca de 12.090 proyectos desde el 2012, por un valor que superan los 36 billones de pesos.

Los recursos se han materializado en la construcción de vías, acueductos y alcantarillado, centros de salud, educación, vivienda, en proyectos productivos de pequeñas y medianas empresas, en la tecnificación agropecuaria, entre muchos proyectos sociales.

Esto a pesar de las dificultades que muchas personas encuentran a la hora de ver en este sector productivo una actividad positiva para el país.

“Tutela improcedente”

De otro lado, el centro de estudios jurídicos y sociales (Dejusticia) hizo un llamado para que la Corte, por seguridad jurídica, publicó su sentencia y expuso algunas aclaraciones.

El primero de ellos, según Dejusticia, es que la tutela que la Corte seleccionó para sacar una sentencia de unificación es una tutela improcedente, que ni siquiera ameritaba un fallo de fondo.

Explica que la tutela la presentó la empresa Mansarovar Energy Colombia Limitada, interesada en realizar explotación petrolífera en el municipio de Cumaral (Meta) y quien tuvo que suspender un contrato que había firmado con la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), para realizar sísmica en ese territorio después de que los ciudadanos decidieran, a través de una consulta popular, que no querían que se realizaran este tipo de actividades en Cumaral.




Señalan que Mansarovar Energy, no utilizó todos los medios de defensa disponibles para defender los derechos que consideraba vulnerados. Y que la empresa tuvo la oportunidad de intervenir en el proceso de revisión de constitucionalidad de la consulta popular, y no lo hizo dentro del término previsto.

“Presentó una intervención 13 días después de vencido el término. Esa era la instancia en la cual debía haber expuesto los argumentos que luego trajo a colación mediante una acción de tutela. En esa medida, consideramos qué Mansarovar Energy, utilizó la tutela para corregir un error y para revivir una etapa procesal en donde la empresa no utilizó los mecanismos legales que existían para exponer sus argumentos. Por esta razón, consideramos que la tutela ha debido ser declarada improcedente y que la Corte no ha debido hacer un estudio de fondo del caso”, reza el documento.

Consultas obligatorias

En segundo lugar, que se está desconociendo la obligatoriedad de realizar consultas populares.

Aclara Dejusticia que los ciudadanos deben tener presente que es legal y constitucional que los municipios convoquen a consultas populares sobre minería e hidrocarburos. “Sin embargo, la Corte aparentemente ignoró que el artículo 33 de la ley 136 de 1994, que se encuentra plenamente vigente y ha sido aplicado y defendido en sentencias recientes del Consejo de Estado, establece que es obligatorio realizar consultas populares cuando haya actividades, como las mineras o petroleras, que puedan afectar la vocación tradicional del municipio o los usos del suelo”.

Agregan que “la competencia para realizar estas consultas se deriva de las competencias que tienen los municipios para ordenar el desarrollo de su territorio y reglamentar los usos del suelo (artículo 311 de la Constitución). Al decir que las consultas no se pueden realizar consultas sobre este tipo de proyectos, se está desconociendo la ley y las competencias que la Constitución le otorga a los municipios”.

Propietario del subsuelo

En tercer lugar, resalta que es relevante aclarar quien es propietario de los recursos del subsuelo y el suelo.




Aunque la Nación es la dueña de los recursos del subsuelo, las entidades territoriales son las encargadas de definir el destino del suelo. Una de las dudas que se originan con el fallo es cómo van a compaginar estas competencias de cada uno. El Ministerio de Minas y Energía, la Agencia Nacional de Hidrocarburos y la Agencia Nacional de Minería tienen la obligación de mantener y fortalecer programas y proyectos que consoliden canales de diálogo y comunicación entre las comunidades y el Estado, con el fin de que exista coordinación precisa en cada proceso.

Propuesta al Presidente

Durante la visita del Presidente Iván Duque, la Mesa de Medio Ambiente, solicitó entre otras medidas la “implementación de un proyecto especial para la producción de energías limpias y/o alternativas (solar y/o energía eólica aprovechando el brillo solar y las corrientes de aire presentes en el departamento). Y aunado a ello la renegociación de las utilidades de los proyectos minero - energéticos en el Huila (Betania y El Quimbo), para retribuir ‘aunque sea en algo’ a los Huilenses, con respecto al impacto socioeconómico negativo dejado por la implementación de dos centrales hidroeléctricas, cuya utilidad en términos económicos no se traducen en términos de beneficios económicos a los huilenses”.

Además, “retirar la implementación de proyectos minero energéticos (Plan Maestro de aprovechamiento del rio Magdalena, extracción de hidrocarburos, minería a mediana y gran escala) y detener la actual situación de licenciamiento emitida mediante Resolución 1609 – 2011 de la ANLA”.

Tomado de https://www.diariodelhuila.com
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