A punto de ser sentenciado exfuncionario del DAS por doble asesinato en Pitalito

Finalizó el juicio oral en contra de John Freddy Muñoz Pedraza, investigado por los delitos de homicidio agravado y concierto para delinquir. El juez dictará sentencia el próximo 14 de septiembre.


El Juez Tercero Penal del Circuito Especializado, celebró audiencia de alegatos de conclusión, por el asesinato de dos presuntas guerrilleras, en donde se involucra a un exintegrante del DAS, identificado como John Freddy Muñoz Pedraza.   En dicha diligencia  tanto la Fiscalía como la defensa manifestaron las razones por las cuales el juez debía fallar a su favor, esto a través de las conclusiones producto de los testimonios y elementos probatorios presentados en el juicio oral.


Según el ente acusador, el exinvestigador presuntamente participó en el  asesinato de Pepita Urbano Jurado y Clemencia Anacona, ocurrido el 4 de noviembre de 2002 en la vereda Zanjones, ubicada en la vía que del municipio de Pitalito conduce a la población de Acevedo. Para probar lo dicho anteriormente la Fiscalía llevó al estrado diferentes testigos, quienes indicaron que Muñoz Pedraza efectivamente tenía relación con las autodefensas que operaban en la zona sur del departamento, incluso que en ocasiones prestó automóviles para beneficio de las autodefensas.


Aclaró sus palabras


Al parecer el desaparecido  excomandante de dicha organización insurgente, conocido con el alias de ‘Richard’, le habría manifestado al verdugo, que el hoy acusado había sido la persona que ‘cantó’ la zona donde se efectuaría el homicidio en contra de las presuntas milicianas, situación que aclaró  Yesid Rodríguez quien fue la persona que perpetuó el asesinato. El testigo  en su momento aseguró que el hoy imputado se las había cantado.  “Al aceptar cargos dije que Muñoz, había ‘cantado’ la zona, palabras que se mal entendieron ya que él nunca me lo dijo directamente, sino que fue mi comandante”,  aseguró  Yesid Rodríguez. Además relató que una vez lo vio halando con  ‘Richard’, pero que no puede aseverar que era por negocios.


Al escuchar las partes, el juez dictara sentencia en 15 días hábiles, la cual podría ser condenatoria o absolutoria.


Por; ExtraHuila

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