La sanción que también afecta a Diana Marcela Conde Martín (para la época gerente delegada de la misma entidad), establece que las dos serán separadas del cargo durante un mes, sin derecho a remuneración, al ser halladas responsables de una “falta culposa a título de culpa grave”, por no haber actuado “acorde a la normatividad y en observancia de los principios constitucionales de eficacia, celeridad y transparencia que deben regir a todo servidor público”, indica el fallo.
La sanción está relacionada con la negativa de las funcionarias a responder los derechos de petición radicados en la ESE Hospital San Antonio de Pitalito por Jairo Liévano Moreno, presidente del Sindicato Nacional de Salud y Seguridad Social (Sindesess), en el que solicitó, entre otros documentos, una copia del manual de contratación vigente y las copias de varios contratos.
Liévano Moreno, como lo reafirma el fallo de la Procuraduría, no solo estaba en todo derecho de solicitar dicha información, sino que lo hizo cumpliendo toda la normatividad vigente.
Pero las directoras Diana Victoria Muñoz y Diana Marcela Conde, utilizando el mismo argumento, con los mismos términos, decidieron no entregar en los tiempos establecidos los documentos solicitados por el Presidente del Sindicato y en su lugar remitir una comunicación en la que le pedían especificar “el objeto y las razones en que se apoya usted para requerir los documentos aludidos”, indicaron las arbitrarias misivas firmadas por las hoy sancionadas.
El primer derecho de petición fue radicado el 10 de abril de 2015 y el segundo el 30 del mismo mes, sin que el solicitante lograra respuesta dentro de los plazos establecidos por la ley, aunque sí exigencias que hoy la Procuraduría califica como ejercicios dilatorios no aceptados por la ley.
Entre los documentos solicitados por el sindicalista están algunos contratos que generaban dudas, como el de entrega de anchetas a los empleados y la compra de equipos para la Unidad de Urgencias, entre otros.
La negativa de las funcionarias a entregar la información a Liévano Moreno, llevó a éste a instaurar la queja ante la Procuraduría, despacho que en audiencia celebrada el pasado 16 de junio, sancionó en primera instancia a las dos funcionarias, decisión que ahora, al estudiar la apelación, ratifica en todas sus partes.
Para fallar la Procuraduría aclara que el quejoso (Presidente del Sindicato Nacional de Salud y Seguridad Social), sí presentó su escrito (derecho de petición) en forma correcta, expresando el objeto y las razones como lo establece la ley.
“Cuando en el derecho de petición se expresa su objeto, consistente en las copias indicadas y se precisan las razones “…en aras de revisar el estricto cumplimiento de la normatividad y en observancia de los principios constitucionales de eficacia, celeridad y transparencia establecidos en los manuales de contratación (Ley 80 de 1993) y sus decretos reglamentarios y demás principios rectores en los manejos de recursos del Estado”, es obligación entregar la información.
Pero las mencionadas funcionarias hicieron caso omiso, dilataron con respuestas técnicas la entrega de la información y solo cuando tuvieron conocimiento que el solicitante del derecho había instaurado una queja ante la Procuraduría, decidieron entregar la información.
“Diana Marcela Conde Martín y Diana Victoria Muñoz Muñoz entregaron la respuesta al derecho de petición con dos meses de posterioridad… circunstancia que no desvirtúa el cargo sino que por el contrario evidencia la vulneración al núcleo esencial del derecho fundamental de petición, dado que su respuesta inicial no fue de fondo, así como tampoco fue oportuna”, explica el fallo.
Diana Victoria Muñoz Muñoz llegó al cargo luego de ocupar el primer puesto en el polémico concurso de méritos adelantado por la Universidad Iberoamericana y fue posesionada el primero de abril de 2012. Su periodo vence el próximo y 31 de marzo de 2016 y aunque se dice que aspira a la reelección, esta sanción podría afectar su permanencia en el cargo.
El fallo que confirma la sanción en segunda instancia está debidamente ejecutoriado y contra el mismo no procede recurso alguno.
Se conoció que el autor del derecho de petición ahora le pedirá a la Fiscalía que indague la transparencia de algunos de los contratos solicitados en su derecho de petición, los que a su juicio podrían estar inmersos en irregularidades.
/Diario La Nación